Inicio NACIONALESDIGEIG sancionará a instituciones públicas que incumplan estándares de transparencia a partir de septiembre

DIGEIG sancionará a instituciones públicas que incumplan estándares de transparencia a partir de septiembre

por lorengraff
0 comentarios

Las medidas están respaldadas por el Decreto No. 166-25 y buscan fortalecer la rendición de cuentas en la administración pública.

Santo Domingo. – La Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) anunció que a partir de septiembre sancionará a las instituciones estatales que no alcancen un puntaje mínimo de 85 en las evaluaciones de sus portales de transparencia, conforme establece el Decreto No. 166-25 promulgado por el presidente Luis Abinader.

Milagros Ortiz Bosch, directora general de la DIGEIG, explicó que el nuevo régimen de consecuencias excluye del pago de la compensación extraordinaria a los servidores públicos que incumplan las disposiciones en materia de acceso a la información y transparencia.

Lucha contra la corrupción y uso obligatorio del SAIP

Ortiz Bosch calificó la normativa como un instrumento clave en el combate contra la corrupción y la impunidad en la República Dominicana.

“La Ley No. 200-04 establece el derecho que tiene el ciudadano a conocer el gasto y las inversiones de las estructuras públicas”, señaló la funcionaria, destacando la obligación del Estado de garantizar un acceso eficiente y reutilizable a los datos públicos.

El Decreto No. 166-25 dispone que las metas de cumplimiento en transparencia se integren a los acuerdos de desempeño individual de los servidores públicos, representando 16 puntos del total de su evaluación.

Asimismo, establece el uso obligatorio del Portal Único de Solicitud de Acceso a la Información Pública (SAIP) como la plataforma oficial para recibir, gestionar y dar seguimiento a las solicitudes de información.

Matriz de responsabilidad y plazos de cumplimiento

Como parte de la implementación, la DIGEIG distribuirá una matriz de responsabilidad para la aplicación de la Ley No. 200-04 a los órganos y entes del Poder Ejecutivo.

Estas entidades deberán completar el documento y devolverlo en un plazo máximo de 30 días laborables, junto con los criterios establecidos para su cumplimiento.

También te podría gustar

Login to enjoy full advantages

Please login or subscribe to continue.

Go Premium!

Enjoy the full advantage of the premium access.

Stop following

Unfollow Cancel

Cancel subscription

Are you sure you want to cancel your subscription? You will lose your Premium access and stored playlists.

Go back Confirm cancellation