El Poder Ejecutivo ordenó ajustes normativos y la conformación de un órgano técnico de apoyo con el objetivo de reforzar la eficiencia operativa, financiera y de rendición de cuentas del Seguro Nacional de Salud.
Santo Domingo. – El presidente de la República, Luis Abinader, instruyó al Consejo Nacional del Seguro Nacional de Salud (Senasa) a modificar su reglamento interno y dispuso la creación de una comisión técnica de cinco miembros, designados por el Poder Ejecutivo, como parte de un conjunto de medidas orientadas a fortalecer los mecanismos de supervisión, control y administración del riesgo de la entidad.
La comisión técnica estará coordinada por el doctor Arismendi Díaz Santana e integrada además por Pedro Ramírez Slaibe, Federico Lalane José, el magistrado Alexis Read —una vez concluya sus funciones en la Suprema Corte de Justicia— y Nora Elizabeth Sánchez Padilla, excoordinadora general de Participación Ciudadana.
Convocatoria del Consejo y ajustes normativos
Por disposición del mandatario, el ministro de Salud Pública, Víctor Atallah, en su condición de presidente del Consejo Nacional de Senasa, deberá convocar a dicho organismo, del cual forman parte también el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, el superintendente de Salud y Riesgos Laborales y el director ejecutivo de Senasa, a fin de modificar el reglamento orgánico interno de la aseguradora y elevar la propuesta correspondiente ante el Consejo Nacional del Seguro Nacional de Salud.
Desde el Poder Ejecutivo se señala que ni la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, específicamente en su artículo 159, ni el actual reglamento orgánico de Senasa, establecen con suficiente detalle herramientas normativas que garanticen un funcionamiento óptimo del órgano y una dinámica permanente de rendición de cuentas.
Aunque el Gobierno trabaja en una propuesta de reforma integral de dicha ley, las modificaciones reglamentarias instruidas servirán como base normativa para introducir mejoras inmediatas.
Funciones y alcance de la comisión técnica
Entre los cambios que serán sometidos a discusión ante el Consejo Nacional del Seguro Nacional de Salud figura la creación formal de esta comisión técnica como órgano de apoyo y asesoría, con la responsabilidad de monitorear, evaluar y emitir reportes periódicos sobre la situación operativa y financiera de Senasa.
La comisión complementaría las funciones del Consejo Nacional, con un equipo permanente encargado de la supervisión de los aspectos administrativos y financieros de mayor impacto, tomando en cuenta que los miembros del Consejo desempeñan múltiples responsabilidades institucionales.
Entre las atribuciones que se propone conferir a la comisión se encuentra la facultad de conocer y emitir “no objeción” a las iniciativas de suscripción de contratos que superen, en un período mensual, el monto de cinco millones de pesos dominicanos (RD$5,000,000.00), indexable anualmente conforme al índice de inflación del Banco Central de la República Dominicana, tanto en contrataciones administrativas como en provisión de servicios de salud con impacto financiero para la entidad.
Asimismo, la comisión deberá recabar información, analizar, vigilar y rendir informes periódicos escritos al Consejo sobre las transacciones y operaciones financieras de Senasa; las contrataciones de servicios gestionadas o ejecutadas por la Dirección Ejecutiva; las autorizaciones otorgadas en los regímenes contributivo y subsidiado; las reclamaciones conocidas en segunda instancia; las modalidades de contratación y mecanismos de pago de los servicios de salud; el cumplimiento de los compromisos financieros por autorizaciones médicas y reembolsos; la disponibilidad bancaria, incluyendo saldos e inversiones; y el registro de los contratos administrativos en el sistema de la Contraloría General de la República.
Periodicidad, publicidad y compras públicas
La instrucción presidencial también contempla un diseño orgánico que garantice reuniones ordinarias del Consejo Nacional de Senasa con la periodicidad que demandan sus funciones, así como la publicidad de actas, resoluciones y certificaciones emitidas por ese órgano.
Igualmente, se plantea la inclusión expresa en el reglamento de la obligación de que todas las operaciones de compras y contrataciones se rijan por los principios establecidos en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas vigente.
Finalmente, el presidente Abinader dispuso que el ministro de Salud Pública convoque, en un plazo no mayor de 90 días, a los miembros del Consejo Nacional del Seguro Nacional de Salud, conforme al artículo 159 de la Ley núm. 87-01 y a los artículos 9 y siguientes del Reglamento Orgánico de Senasa, para presentar una propuesta de reforma integral del reglamento, en la que se fortalezcan las atribuciones, la organización interna, el régimen de responsabilidades, el funcionamiento, las reglas de convocatoria y los mecanismos de toma de decisiones del Consejo.
